¿Qué ocurre si alguien tiene cita a un juicio en calidad de testigo y no se presenta?

En un procedimiento penal, nuestro Código Penal regula aquellos casos en los que un testigo o profesional del mundo del derecho no comparece a un Juicio cuando ha sido citado para comparecer, también conocido en la jerga jurídica “Obstrucción a la Justicia”. El artículo 463 de nuestro Código Penal, recoge que quien citado en forma legal, deje voluntariamente de comparecer sin causa justa ante un juzgado o tribunal en proceso penal con un investigado con prisión provisional, provocando la suspensión del juicio oral, dice que debe ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a multa. También recoge el mismo Código, los casos en los que un testigo no comparece en segunda vez en un juicio criminal sin que el investigado esté con prisión preventiva, haya provocado o no la suspensión del juicio, siendo la multa ahora de seis a 10 meses, habiendo sido advertido con anterioridad.

Si el responsable de este delito fuera abogado, procurador o representante del ministerio fiscal, en actuación profesional o ejercicio de su función, se le impondrá la pena en su mitad superior y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de dos a cuatro años.

Y si la suspensión tiene lugar, en el caso del apartado 1 de este artículo, como consecuencia de la incomparecencia del juez o miembro del tribunal o de quien ejerza las funciones de secretario judicial, se impondrá la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 24 meses y, en cualquier caso, inhabilitación especial por tiempo de dos a cuatro años.

En un procedimiento Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil en su artículo 292, regula la obligatoriedad de comparecer una vez se ha citado, siendo la infracción por incomparecencia de multa de 180 a 600 euros y en el caso de que no comparezca por segunda vez, estando citado, se le pueden abrir diligencias por Obstrucción.

Josep Prat Riuró

Abogado

PRAT SÀBAT ADVOCATS