Hasta el pasado 1 de Enero de 2016, cuando un juez de instrucción imponía el secreto de sumario y había un detenido, éste no sabía el porqué de su detención y prisión provisional. Esto provocaba que el acusado podía pasarse semanas sin conocer la causa de su encarcelamiento.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que ha entrado en vigor a partir del 1 de Enero de este año, trasponiendo la Directiva 2012/13 de 22 de Mayo de 2012 y basándose en los artículos 5 y 6 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, ha corregido esta situación.
De esta forma, con la reforma, el detenido debe saber el porqué está en prisión. La ley también exige que el abogado reciba el expediente con la información necesaria para preparar una defensa para buscar la libertad de su cliente.
Así lo ha reconocido la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid, resolviendo un recurso de apelación al respecto y dando la razón a los dos detenidos que se encontraban en prisión. En la resolución, además, la Audiencia Provincial ha especificado que los documentos que el juez de instrucción debería haber facilitado al abogado de los acusados son «los esenciales para impugnar la legalidad de la detención, donde exista la información fundamental para que sea posible valorar la legalidad de la privación de libertad».
Para más inri, la Audiencia Provincial dictó que ambos acusados ni debían estar en prisión, ya que no existía riesgo de fuga ni posibilidad de ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba.
Josep Prat Riuró
Abogado
PRAT SÀBAT ADVOCATS